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Consulta: Tengo que renovar el carnet de conducir y no sé qué hacer, si no decir que soy diabético o si decirlo. No sé cuáles son las consecuencias legales, ni la duración de mi nuevo carnet en caso de decirlo, ni si me van a pedir requisitos especiales por decirlo. Mi diabetes es DM 1. ¿Lo digo o no lo digo? Gracias .
Respuesta:
Efectivamente el hecho de padecer diabetes trae consigo una serie de limitaciones, restricciones e, incluso, en los casos tasados, de denegación (“inestabilidad metabólica severa que requiera asistencia hospitalaria” y/o “cuadros repetidos de hipoglucemia aguda”) del permiso de conducción.
Para la renovación del permiso tipo B, con una diabetes tipo 1 entendemos que bien controlada y con informe médico favorable, la ley dice que estamos ante una infracción grave cuando se conduce un vehículo con una autorización de conducción que carece de validez por no haber cumplido los requisitos administrativos exigidos reglamentariamente. En este caso los requisitos a que debemos referirnos son los de capacidad o de aptitud psicofísica y el Reglamento de Conductores entiende que se han de revisar esos requisitos de aptitud física cada cuatro años, y por ello establece una vigencia de cuatro años para el permiso de conducción tipo B para una persona con diabetes de tus condiciones.
Así pues las principales diferencias en relación a una renovación “normal” son:
- La necesidad de presentar en el Centro de Reconocimiento de Conductores un informe favorable del endocrinólogo que esté tratando tu diabetes en el que conste un adecuado control de la diabetes y una adecuada educación diabetológica.
- La renovación será por cuatro años.
- En el permiso de conducción aparecerá un código referido a la temporalidad del permiso por padecer “enfermedad o deficiencia orgánica o funcional” (104-4)
De acuerdo con la normativa, si voluntariamente se insta la renovación por diez años (que es la vigencia “normal”), teniendo una DM 1, la Administración, llegado el caso, puede abrir un expediente sancionador que conlleve la imposición de multa de 91 a 300 euros y la suspensión del permiso, con la necesidad de que se emita otro en que aparezca la restricción de vigencia por cuatro años. Si desea más información puede consultar la página web de nuestra Fundación amiga www.fucamdi.com, en concreto en el apartado: www.fucamdi.com/LD_Diabetes_conduccion.php
Otras consideraciones entran en el ámbito de la voluntad y libertad del individuo, cuestiones metajurídicas que no son objeto de este apartado pues el Derecho es claro para este caso en sus planteamientos: hay que decir que se padece una diabetes.
Más información en este tema:
https://www.diabetesforo.com/discussion/7454/duda-moral-carnet-de-conducir-renovacion
Respuesta:
Efectivamente el hecho de padecer diabetes trae consigo una serie de limitaciones, restricciones e, incluso, en los casos tasados, de denegación (“inestabilidad metabólica severa que requiera asistencia hospitalaria” y/o “cuadros repetidos de hipoglucemia aguda”) del permiso de conducción.
Para la renovación del permiso tipo B, con una diabetes tipo 1 entendemos que bien controlada y con informe médico favorable, la ley dice que estamos ante una infracción grave cuando se conduce un vehículo con una autorización de conducción que carece de validez por no haber cumplido los requisitos administrativos exigidos reglamentariamente. En este caso los requisitos a que debemos referirnos son los de capacidad o de aptitud psicofísica y el Reglamento de Conductores entiende que se han de revisar esos requisitos de aptitud física cada cuatro años, y por ello establece una vigencia de cuatro años para el permiso de conducción tipo B para una persona con diabetes de tus condiciones.
Así pues las principales diferencias en relación a una renovación “normal” son:
- La necesidad de presentar en el Centro de Reconocimiento de Conductores un informe favorable del endocrinólogo que esté tratando tu diabetes en el que conste un adecuado control de la diabetes y una adecuada educación diabetológica.
- La renovación será por cuatro años.
- En el permiso de conducción aparecerá un código referido a la temporalidad del permiso por padecer “enfermedad o deficiencia orgánica o funcional” (104-4)
De acuerdo con la normativa, si voluntariamente se insta la renovación por diez años (que es la vigencia “normal”), teniendo una DM 1, la Administración, llegado el caso, puede abrir un expediente sancionador que conlleve la imposición de multa de 91 a 300 euros y la suspensión del permiso, con la necesidad de que se emita otro en que aparezca la restricción de vigencia por cuatro años. Si desea más información puede consultar la página web de nuestra Fundación amiga www.fucamdi.com, en concreto en el apartado: www.fucamdi.com/LD_Diabetes_conduccion.php
Otras consideraciones entran en el ámbito de la voluntad y libertad del individuo, cuestiones metajurídicas que no son objeto de este apartado pues el Derecho es claro para este caso en sus planteamientos: hay que decir que se padece una diabetes.
Más información en este tema:
https://www.diabetesforo.com/discussion/7454/duda-moral-carnet-de-conducir-renovacion
Duda Moral carnet de conducir. Renovación.
Hola compañeros, Tengo una duda moral y no sé cómo resolverla. Os la expongo para saber qué pensáis. Pronto debo renovar mi carnet de conducir por primera vez desde que soy diabético y sé...
@fer - Diabetes Tipo 1 desde 1.998 | FreeStyle Libre 3 | Ypsomed mylife YpsoPump + CamAPS FX | Sin complicaciones. Miembro del equipo de moderación del foro.
Co-Autor de Vivir con Diabetes: El poder de la comunidad online, parte de los ingresos se destinan a financiar el foro de diabetes y mantener la comunidad online activa.
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Comentarios
No merece la pena arriesgarse a la multa, retirada de puntos o a otro tema como es el de los seguros, que se agarran a un clavo ardiendo para no pagar cuando les toca, o cuando les exiges algo recogido en el contrato y ellos alegan falta de conocimiento de tu "enfermedad"...
Ir con la verdad por delante te evitara problemas, aunque tienes que sortear mas burrocracia pero tambien te evitaras mas embaucadores al leer toda la "letra pequeña"...
Un saludo. Vidal
En la Web de la DGT está la regulación en vigor y pone que son 5 años a criterio del profesional que te atiende en los centros, que en mi opinion son meros administrativos. A mi padre con una sordera severa le han renovado el carné como si nada...5 añitos.
Es mas probable que mi padre no oiga un claxon o advertencia de otro conductor con la posibilidad de provocar un incidente, que a mí me de una hipo conduciendo.
Uso Toujeo y Novorapid.
Entonces yo con Diabetes " bien controlada " porque tengo que decirlo en el psicotécnico o en el seguro...? Reflexión !!
Con ésto no quiero decir que no lo digáis, Dios me libre
No lo comentaré ni al centro médico ni a la mutua del coche.
El seguro sanitario ya lo sabe porque debute en un centro asociado al seguro...
Uso Toujeo y Novorapid.
Cada uno actuamos de una manera diferente en este tema.
Es como dicen los compañeros hay cierto tipo de medicación que no se puede tomar si conduces, y se conduce?
Buen debate, decir si lo somos o no?
Legalidad o ilegalidad? Que hacer?
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Maratón San Petesrburgo (Rusia)
https://luchojuntoamidiabetes.blogspot.com/2019/07/maraton-san-petersburgo-rusa-42195-mts.html
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http://luchojuntoamidiabetes.blogspot.com/2019/05/ruta-de-las-fortalezas-2019-54700.html
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:> :> :> :> :>
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¿tenemos alguna ventaja como que venga en el carnet de conducir para en caso de un posible accidente? NO. Aparte de que para esos tenemos tarjetas carnets, colgantes, pulseras, etc (aprovecho para volver a dar las gracias por la pulsera Codylife que me ha tocado en el sorteo :-) )
¿nos sale economicamente más caro el decirlo? Claro que si, por lo menos tenemos que pagar el reconocimiento cada cinco años en lugar de cada diez (a eso sumemosle la gestion de presentar ellos los papeles a Trafico)
¿tenemos más peligros nosotros que muchos con ansioliticos, drogadictos, alcoholicos, vivaslasmadres, pendones desorejados, etc? La mayor parte de nosotros NO
Eso si, que cada uno haga lo que le dicte su conciencia
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¿Psicólogos? Al centro que he ido yo, nunca. Una enfermera es la persona que me ha atendido.
Debe ser como la ITV que te hacen las pruebas unos mecánicos y luego firma el ingeniero técnico.
Yo prefiero la ilegalidad en estos casos. Es una injusticia hacia los enfermos de diabetes la actual regulación. Y no creo que un drogadicto o personas con ansiolíticos los declaren al renovar el carnet ni en otros casos.
Me encanta el debate
Uso Toujeo y Novorapid.
http://revista.dgt.es/es/sabia-que/curiosidades/2016/0124lenguaje-de-los-numeros.shtml#.WIuZIrjavcM.
Como podeis observar, la diabetes ni está ni se la espera. Solo es para pasar por caja cada menos tiempo.
Saludos
Y como ya puse en algún otro hilo que trataba sobre lo mismo, hay cientos de miles de conductores tratados de ansiedad y depresión con ansiolíticos , Prozac etc que conducen totalmente drogados y que deberían llevar un justificante médico o similar por el peligro que conllevan para la seguridad vial y no dicen ni mú !!!
A mi lo que me da mucha rabia es que soy lo dices el gasto al bolsillo aumenta, somos solo minusvalidos para lo que quieren, nos pueden sangrar más? Pues claro porque no? Como no tenemos más gastos pues ya esta.
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Conozco a mas de uno que ha provocado accidentes por alcohol y drogas, y los afectados han cobrado del seguro, otra cosa es que el seguro inicie un proceso judicial contra el que provoca el accidente por drogas, alcohol o diabetes.
Si declaras la diabetes, ¿como demuestras en caso de accidente de que no ha sido por una bajada de azúcar o una alteración asociada a la diabetes? Es imposible y el seguro se va a agarrar a esto para sacar pasta y no cubrirte.
Me veo con el Freestyle y el abogado acusador diciéndome que el glucómetro no da medidas fiables, que hay diferencias notables, etc.
Uso Toujeo y Novorapid.
─ Novorapid y Tresiba
─ HbA1c: 6,5% ✔
❝Es duro fracasar en algo, pero es mucho peor no haberlo intentado❞
Aunque sepamos cuando tenemos una hipoglucemia y paremos y nos tomemos un zumito ... Puede ser, que un día no te des cuenta y zasca.
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ej. cito :
Si se padece algún tipo de dolencia y no se ha avisado a la compañía, puede pasar que en caso de que se produzca un siniestro cubierto en la póliza que esté relacionado con dicha enfermedad, la compañía puede negarse a pagar la indemnización.
http://www.rastreator.com/seguros/articulos-destacados/motivos-para-no-asegurar-a-una-persona.aspx
me asaltan dudas... porque si no te van a asegurar... mejor me callo y listo....
:-)
:-O :-O :-O quien dice o donde pone que un diabético no puede ser el titular del seguro de un vehículo??? Si no lo leo no doy crédito, entonces por esa regla de 3 alguien con alguna dolencia cardíaca, que use gafas, que tenga hepatitis, cáncer, un constipado que tampoco conduzca porque tienen una dolencia que puede provocar un riesgo hacia lo demás.
hbA1c= 5,4
Humalog y Toujeo (mayo 2017)
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humalog y NPH (desde inicio hasta mayo de 2016)