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Una discapacidad es una deficiencia física, mental o intelectual que impide participar en la sociedad en plena igualdad de condiciones que los demás
El Real Decreto 1971/19991* establece cuatro clases de porcentaje de discapacidad en el caso de la diabetes, pero hay que tener en cuenta que para llegar al 33% mínimo requerido es necesario estar dentro de las clases 3 y 4:
Clase 1: No otorga ningún porcentaje, un 0%. No podrás acogerte a ningún porcentaje de discapacidad en el caso de que seas un paciente con diabetes mellitus asintomática y sigas un tratamiento farmacológico y dietético.
Clase 2: Entre un 1% y un 24% de discapacidad, que se te podría otorgar si tienes diabetes mellitus asintomática pero cuyo tratamiento correcto no es capaz de mantener un control metabólico adecuado o cuando hay evidencia de microangiopatía diabética definida por retinopatía o albuminuria persistente superior a 30 mg/dl.
Clase 3: Entre un 25% y un 49%. Requiere que hayas tenido que ser hospitalizado por descompensaciones agudas de tu diabetes, hasta tres veces en un año y con una duración de más de 48 horas cada una.
Clase 4: Entre un 50% y un 70%. Se otorga también si tienes que ser hospitalizado por descompensaciones agudas, pero más de tres veces en un año.
Según la normativa, los porcentajes de discapacidad otorgados en las clases 3 y 4 sólo se confieren si las descompensaciones agudas de la diabetes no están causadas por un control terapéutico inadecuado por parte del paciente.
Además, en ambos casos se revisará a los dos años. Si pasado este tiempo no se han producido nuevas hospitalizaciones, se retirará el certificado de discapacidad. Si a la diabetes se le unen otras enfermedades o complicaciones crónicas, también se valorarán en el momento de otorgar el certificado.
Para solicitar un certificado de discapacidad debes acudir a tu centro médico habitual, donde te indicarán los pasos que debes seguir para completar la solicitud. Deberás aportar todos los informes médicos y psicológicos que tengas para avalar la petición de tu discapacidad.
El Equipo de Valoración y Orientación (EVO), formado por un médico, un psicólogo y un trabajador social es el encargado de evaluar qué porcentaje de discapacidad corresponde a cada paciente, partiendo de los informes médicos que presente y del reconocimiento médico, psicológico y social que le realicen.
*Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
El Real Decreto 1971/19991* establece cuatro clases de porcentaje de discapacidad en el caso de la diabetes, pero hay que tener en cuenta que para llegar al 33% mínimo requerido es necesario estar dentro de las clases 3 y 4:
Clase 1: No otorga ningún porcentaje, un 0%. No podrás acogerte a ningún porcentaje de discapacidad en el caso de que seas un paciente con diabetes mellitus asintomática y sigas un tratamiento farmacológico y dietético.
Clase 2: Entre un 1% y un 24% de discapacidad, que se te podría otorgar si tienes diabetes mellitus asintomática pero cuyo tratamiento correcto no es capaz de mantener un control metabólico adecuado o cuando hay evidencia de microangiopatía diabética definida por retinopatía o albuminuria persistente superior a 30 mg/dl.
Clase 3: Entre un 25% y un 49%. Requiere que hayas tenido que ser hospitalizado por descompensaciones agudas de tu diabetes, hasta tres veces en un año y con una duración de más de 48 horas cada una.
Clase 4: Entre un 50% y un 70%. Se otorga también si tienes que ser hospitalizado por descompensaciones agudas, pero más de tres veces en un año.
Según la normativa, los porcentajes de discapacidad otorgados en las clases 3 y 4 sólo se confieren si las descompensaciones agudas de la diabetes no están causadas por un control terapéutico inadecuado por parte del paciente.
Además, en ambos casos se revisará a los dos años. Si pasado este tiempo no se han producido nuevas hospitalizaciones, se retirará el certificado de discapacidad. Si a la diabetes se le unen otras enfermedades o complicaciones crónicas, también se valorarán en el momento de otorgar el certificado.
Para solicitar un certificado de discapacidad debes acudir a tu centro médico habitual, donde te indicarán los pasos que debes seguir para completar la solicitud. Deberás aportar todos los informes médicos y psicológicos que tengas para avalar la petición de tu discapacidad.
El Equipo de Valoración y Orientación (EVO), formado por un médico, un psicólogo y un trabajador social es el encargado de evaluar qué porcentaje de discapacidad corresponde a cada paciente, partiendo de los informes médicos que presente y del reconocimiento médico, psicológico y social que le realicen.
*Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
@fer - Diabetes Tipo 1 desde 1.998 | FreeStyle Libre 3 | Ypsomed mylife YpsoPump + CamAPS FX | Sin complicaciones. Miembro del equipo de moderación del foro.
Co-Autor de Vivir con Diabetes: El poder de la comunidad online, parte de los ingresos se destinan a financiar el foro de diabetes y mantener la comunidad online activa.
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Comentarios
¿Pero no decian, que hasta hace poco en algunas comunidades te daban hasta un 33% de discapacidad, solo por ser diabetico?
Realmente, las ayudas son minimas, no sé si es a nivel nacional o en mi CCAA, ayuda a la compra de un coche nuevo y un piso (no es algo que se haga cada poco tiempo, además que vivo de alquiler, asi que no me vale de nada), exención del impusto de circulacuión y una rebaja del irpf mensual (esta sí es efectiva).
Bomba Medtronic 780G con Novorapid.
HbA1c: 5,9% (Octubre 2022), TIR 91%